La Fiscalía General de la Nación

Hechos 02 de septiembre de 2022 Por Carlos Martel
Con toda razón el senador Guillermo Domenech ha sostenido que “la creación de la Fiscalía General de la Nación, respondió al interés político de incidir en la justicia penal. Es un secreto a voces que hay jueces y fiscales adictos, Bergman hablaría del huevo de la serpiente (por lo transparente, agregamos), una justicia que responde a denuncias de un sector político”.
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Todos sabemos que, desde hace años, el Parlamento dejó de ser un Ateneo de literatura y un Foro de derecho. Pero lo que nos resulta inadmisible es que una nueva mayoría elegida por la ciudadanía no comience a desarticular el entramado que el Frente Amplio armó con su mayoría legislativa, para perpetuar su poder dentro del Estado.

 Así tenemos leyes que tergiversan irreverentemente la historia, otras que derogan plebiscitos y hasta un Código de Derecho Procesal Penal que se aprobó bajo el propósito de sustituir el viejo sistema inquisitivo por el nuevo y democrático proceso acusatorio, y terminó con la sanción de un cuerpo legislativo absurdo e indocto, totalmente inconstitucional al desplazar al Juez por el contubernio entre el Fiscal y el Defensor en arreglos de orden cuasi mercantil (el caso Balcedo es paradigmático), que omiten toda discusión propiamente jurídica y eliminan la creación de toda jurisprudencia.

Esa aberración jurídica, de un Código aprobado con una negligente indiferencia por la mayoría de ambas Cámaras, se complementó con premeditación y astucia, con la creación de la Fiscalía General de la Nación como servicio descentralizado y la aprobación de las famosas Instrucciones Generales, como elemento de presión sicológica del Fiscal General sobre sus subordinados. 

 Un Fiscal que, como todos sabemos, fue funcional solamente a los intereses del Frente Amplio.

 De modo que el andamiaje a desarticular, comienza por un nuevo Fiscal de Corte, cuya designación no debe demorarse más, so pena que sigan ocurriendo hechos como el reciente ataque a la libertad de prensa.

 Aún en el caso de que deba aceptarse una Fiscalía de Corte pluripersonal, que no es la mejor solución, la necesidad urgente de librar ese cargo de la égida y orientación frentista, tornan necesario el relevo.

El episodio que referimos, sobre el allanamiento del periodista Ignacio Alvarez y el requerimiento de sus grabaciones y celulares, ha sido ostensiblemente fogoneado por representantes del frenteamplismo y su improcedencia no resiste el menor análisis jurídico.

 Más claro, entre el art. 92 de la Ley Nº 19.580 (sobre Violencia de Género) y el Art. 29 de la Constitución de la República que consagra la libertad de expresión del pensamiento en forma “enteramente libre”, que serían las disposiciones en conflicto, a nadie se le puede ocurrir el primado de la norma legal sobre el texto constitucional.

 

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