Sobre la independencia técnica de los fiscales

¿Se está afectando la independencia técnica de los fiscales?
El sumario iniciado contra el fiscal Raú Iglesias pone en tela de juicio la independencia técnica de los fiscales , la cual está consagrada expresamente en el art.5 de la ley nro 19.483.
Cabe recordar que según trascendidos de prensa , la Fiscalía General de la Nación le inició sumario con separación del cargo y retención del 50% de su sueldo al fiscal Raúl Iglesias , en virtud del archivo de 300 expedientes fiscales y en virtud de una denuncia efectuada por una víctima del llamado caso de la violación grupal de Cordón.
En cuanto al archivo de los 300 expedientes fiscales , cabe señalar que el art. 98.1 del CPP habilita a los fiscales al archivo de las causas cuando así entienda que ello corresponda.
Y el art. 98.2 del CPP es la norma que permite al denunciante y/o a la víctima pedirle al juez que nombre un fiscal subrogante para efectuar el reexamen de la causa.
Por tanto y por este artículo, se autoriza a los fiscales a archivar las causas cuando entiendan que ello corresponde, pero se les otorga la posibilidad a los denunciantes y/o víctimas a solicitar al juez que designe fiscal subrogante para efectuar el reexamen de las causas. Por tanto nada se le puede reprochar al fiscal Iglesias en cuanto a este punto.
Y en cuanto a la denuncia efectuada por una víctima del llamado caso de violación en Cordón, denuncia en cuanto a que dicho Fiscal solicitó el cambio de la medida cautelar de la prisión efectiva por prisión domiciliaria, cabe señalar que efectivamente ello solicitó el fiscal Raúl Iglesias en la audiencia correspondiente , se confirió traslado en la misma al Abogado defensor de la víctima quien solicitó el mantenimiento de la medida cautelar de prisión efectiva , y decidió finalmente la Jueza de la causa haciendo lugar a la solicitud del fiscal Raúl Iglesias.
Por tanto aquí también desde el punto de vista formal, nada se le puede reprochar al citado fiscal Raúl Iglesias.
Por eso termino con lo del principio.
¿Se está afectando entonces la independencia técnica de los fiscales o no?
Saque usted sus propias conclusiones.