¿Y los desalojos Express dónde quedaron?

Sabido es que con la confirmación de la vigencia total de la L.U.C. , quedó ratificado y vigente el nuevo régimen de alquileres el cual coexiste con los dos anteriores regímenes a saber: libre contratación y ley 14.219.
Y a pesar de los pronósticos efectuados por la oposición , en cuanto a que iban a producirse múltiples lanzamientos en este sistema , la realidad fue otra , dado que son muy pocos los casos en que se efectúan lanzamientos en este nuevo régimen de arrendamientos.
Recordemos que la LUC crea un régimen nuevo de alquileres , que coexiste con los dos ya vigentes , para el cual no es necesaria la garantía , debe ser necesariamente por escrito y pactarse expresamente que se rige por este nuevo régimen , se aplica a cualquier tipo de inmueble tanto urbano como rural y básicamente se aplica a las hipótesis de inmuebles con destino casa-habitación.
Este nuevo régimen que otorga la ventaja al arrendatario de posibilitar dicho contrato sin la necesidad de garantía , tiene como correlativa la ventaja para el arrendador que tiene los plazos del desalojo y del lanzamiento más cortos.
Y su aplicación ha sido un verdadero éxito sobre todo en las hipótesis de estudiantes del interior que vienen a vivir a Montevideo y que carecen de garantía suficiente , como en las hipótesis de extranjeros que vienen a residir a nuestro país y que obviamente carecen de dichas garantías.
Los detractores de la LUC hablaban de "cataratas" de lanzamientos , los que obviamente no se produjeron y el grito de los detractores hoy se convirtió en un silencio absoluto.
Por tal la pregunta de estilo ¿es bueno o malo este nuevo régimen de arrendamientos creado por la LUC que vino a coexistir con los dos regímenes de arrendamientos anteriores ya vigentes (libe Contratación y ley 14.219)?
Saque usted sus propias conclusiones.