La ley que prorrogó el plazo de las prescripción de créditos

Hechos 17 de julio de 2022 Por Daniel Bonsignore
El Frente Amplio se escandalizó ante eventuales perjuicios económicos para el Estado porque “casi” prescriben algunos créditos hipotecarios del MVOT, de la ANV y del BHU; pero no se le movió el moño cuando en su gobierno ANCAP perdió más de 800 millones de dólares, PLUNA quebró y seguimos pagado sus aviones, en la Regasificadora se perdieron más de 213 millones, el ANTEL Arena salió 80 millones de dólares más de lo presupuestado, etc. etc. etc.
hipoteca

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento , un proyecto de ley que prorroga por 48 meses el plazo de prescripción de deudas hipotecarias en el MVOT (Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial) , ANV (Agencia Nacional de Viviendas) y BHU (Banco Hipotecario del Uruguay), el cual fue votado afirmativamente en ambas cámaras.

 Los legisladores de la oposición dicen que votaron dicho proyecto de ley en forma urgente para evitar la pérdida de hasta U$S 400 millones.

Recordemos que el art. 463 de la LUC (Ley de Urgente Consideración) modificó el Código Civil reduciendo de 20 a 10 años el plazo de prescripción de las deudas (entre ellas las hipotecarias).La norma además fijó un plazo de dos años para que las prescripciones extintivas en curso comenzaran a consumarse. Como la norma se aprobó en julio de 2020 ese plazo vencería en este mes de julio de 2022.

 Pero hay dos cosas que la oposición NO dice:

       - que para la aprobación de esa ley que se votó para prorrogar el plazo de las prescripciones de las deudas , no se necesitaban mayorías especiales , es decir que la coalición de gobierno tenía los votos suficientes dado que esa ley se aprueba por mayoría simple

     -  y que además es aplicable la ley  19.960 del año 2021 (posterior a la LUC), la cual suspendió los plazos de las prescripciones. Dicha ley  19.960 de junio de 2021 , es decir posterior a la LUC , declara inhábiles y remite a la anterior ley de suspensión de plazos de las prescripciones por la pandemia (ley  19.879 del 2020) , el período comprendido entre el 24 de marzo de 2021 y el 30 de junio de 2021. O sea que ese plazo que vencería en el mes de julio de 2022 , se correría producto de lo explicado por 99 días más y por tal a mi criterio vencería tres meses aproximadamente más adelante..

 Concluyendo, esta supuesta "omisión" era remediable con los votos exclusivamente del oficialismo  y por tanto no corresponde que desde la oposición se jacten de ser los "salvadores de esta situación" puesto que en puridad no eran necesarios sus votos.

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